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La dimensión penal del contrabando

La ponencia del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, en el marco del I Congreso Frente al Contrabando de Tabaco, ilustró por un lado los cambios normativos que se han sucedido en España para perseguir el comercio ilícito y, por otro, anticipó futuras medidas del Estado y la Unión Europea en la lucha contra la lacra. Del Río ofreció datos contundentes relativos al año pasado: en 2014 se incrementó la cifra de diligencias penales “en casi un 169%” y en Andalucía se llevaron a cabo 132 actuaciones penales por delitos de contrabando, “la mitad de ellas en Cádiz y Málaga”.

Nacional | 26/10/2015

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Según el presidente del TSJA, en España se ha pasado de una cierta indiferencia hacia el problema del contrabando a entenderlo como una preocupación fiscal, y ahora también penal: “El contrabando ya es un problema socioeconómico” que ha resurgido con fuerza desde 2010 y España “ha pasado de país de paso a país de destino”, y especifica que “todo cambió con la crisis y la subida de precios, que fomentó el fraude fiscal”. Aunque afirmó que por fin “se ha entendido que los delitos de contrabando pertenecen al Derecho Penal” y por lo tanto, “exigen una persecución penal”.

Del Río hizo un repaso exhaustivo por el marco normativo español al respecto. En primer lugar, aludió a la primera Ley de Contrabando de 1929, que consideraba el delito perteneciente al ámbito administrativo. En 1953 llegó la nueva jurisdicción administrativa, el establecimiento de multas que de no pagarse daban lugar a prisión subsidiaria e incluso se pusieron en funcionamiento tribunales provinciales de contrabando por todo el territorio español. En 1964 se designó a un magistrado del Tribunal Supremo para presidir un Tribunal Superior de Contrabando, pero el cambio radical llegó con la Constitución de 1978, cuando se instauró jurisdicción penal a partir de ciertas cuantías de tráfico ilícito.

“La actual Ley Orgánica 12/1995 llegó con la entrada de España en la Unión Europea”, que suponía intensificar la labor jurídica “ante la magnitud del ilícito”. En ese momento se estableció un límite de 6.000 euros para diferenciar entre sanción administrativa y delito penal, pero en 2011 se introdujeron algunos cambios y la cifra pasó a los 15.000 euros.

En la actualidad, la batalla frente al contrabando ha dado un giro jurídico con dos reformas, una de las cuales acaba de entrar en vigor:

  • El presidente del TSJA se refirió en primer lugar a la reforma en vigor desde el pasado 12 de octubre, de la Ley General Tributaria de 2003. Esta incluye entre otras cuestiones, la sanción de cierre de establecimiento, así como otras multas cuando se impida la labor de los funcionarios públicos, se rompan precintos o se siga con la actividad durante el periodo de cierre. “Habrá multas de 2.000 euros para pequeños traficantes”, explicó Del Río, con la voluntad de responder a las críticas que durante años ha vertido el sector estanquero en relación a la poco contundente persecución del menudeo en las ciudades.
  • La otra reforma, la de la Ley Orgánica del Poder Judicial, “está más pensada para los grandes defraudadores”, puntualizó del Río. A partir de la entrada en vigor de un nuevo artículo relativo a delitos de contrabando, se permitirá la “publicidad de información contenida en sentencia en materia de fraude fiscal”. De esta manera, se podrá “identificar al responsable” permitiendo dar a los medios de comunicación el fallo condenatorio. No obstante, Lorenzo del Río incidió en la necesidad de poner mayor énfasis en el “delito continuado de contrabando”.

Del Río se hizo eco de las demandas de la UE con respecto a los Estados miembros y que pasan por la mejora de la capacidad de las aduanas, o las facilidades para compartir más información. Del Río hizo alusión a la firme voluntad de la Comisión Europea de intensificar la lucha contra el contrabando y unificar las sanciones, así como establecer medidas mucho más efectivas y disuasorias, ya que las mafias, a día de hoy, todavía “se enfrentan a riesgos bajos en la Unión Europea”. El comercio ilícito de tabaco “provoca pérdidas anuales en la Unión Europea de 10.000 millones de euros” y según los datos de 2005 a 2011, “entre 4.500 y 4.600 millones de cigarrillos al año” tienen procedencia ilícita en el continente.

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