25/01/2023
Para el Gobierno es necesaria esta ley ya que “en los últimos años se está registrando un aumento en el tráfico ilegal de tabaco crudo en España y en otros países de la UE que es necesario atajar”.
La semana pasada el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto, publicado en el BOE, para el control del mercado de tabaco crudo, con el objeto de evitar que se utilice en la fabricación clandestina o el comercio ilícito de tabaco. Según ha publicado el Gobierno, el reglamento contempla una serie de elementos de control y un régimen sancionador encaminado a perseguir tanto posibles actividades ilícitas como incumplimientos. Para el Gobierno es necesaria esta ley ya que, “en los últimos años se está registrando un aumento en el tráfico ilegal de tabaco crudo en España y en otros países de la UE que es necesario atajar”.
Esta nueva ley supone desarrollar lo contemplado en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y supone la primera normativa para todo el territorio nacional que regula el registro, la contabilidad y documentación sobre los operadores y establecimientos que trabajan con tabaco crudo.
Como destaca Rocío Ingelmo, directora de Asuntos Corporativos y Legales de Altadis, en este artículo de opinión en Cinco Días, no debe olvidarse, como se indica en la exposición de motivos de la Ley 11/2021, que el tabaco crudo no es objeto de tributación por el Impuesto Especial sobre el Tabaco, por lo que su desvío como materia prima para la fabricación clandestina de estas labores, supone una importante pérdida de efectividad de este impuesto, y no únicamente desde el punto de vista de recaudación, sino también desde el de su finalidad extrafiscal. Además de suponer su consumo ilegal un riesgo para los consumidores y un perjuicio para los operadores legítimos del sector.
Control sobre operadores y transportistas
La nueva ley permite que los operadores económicos de este sector puedan trabajar con la suficiente seguridad jurídica, así se refuerza el control a los operadores de dicho producto, transportistas y demás personas que intervengan en la comercialización y distribución. En concreto, se establece un conjunto de obligaciones en cuanto a registros, contabilidad y de información; se regulan los órganos de control y un régimen sancionador específico aplicable al incumplimiento de las obligaciones fijadas por la Ley, según dictaba la nota del Consejo de Ministros sobre la aprobación de este real decreto y que ya ha trascendido.
Decreto sobre trazabilidad de la hoja del tabaco crudo extremeño
A nivel autonómico, ya Extremadura aprobó en 2018 una normativa para el control de la hoja de tabaco. El éxito de esta medida se refleja en que, de las diferentes operaciones realizadas en el desmantelamiento de centros de producción ilegal de tabaco, en ninguna de ellas la hoja era de procedencia española.
Este decreto establece que los productores de tabaco crudo deben informar a la dirección general competente en materia de Política Agraria Común del inicio de la actividad de curado del tabaco antes de pasarlo a la empresa de primera transformación.
Además, entre otras medidas, se encuentra el etiquetado de todas las cajas y la declaración anual a la dirección general competente de todas las entregas efectuadas. El decreto también atañe a las empresas de primera transformación, quienes están obligadas a informar con antelación de las compras anuales que van a efectuar y tienen que remitir una copia del contrato con el productor donde se detallen las entregas de tabaco crudo realizadas.
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